Panamá
En esta resolución del Pleno, únicamente, se revocó la decisión del magistrado de Garantías, en cuanto a mantener la competencia de este caso
La Secretaría General de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) fijó a las 3:00 p.m. de este jueves, 3 de enero de 2019, el Edicto N° 25, que notifica a todos los interesados la decisión adoptada por el Pleno dentro de la Acción de Amparo de Garantías Constitucionales presentada por el licenciado Luis Eduardo Camacho González, contra la decisión de fecha 25 de junio de 2018, emitida por el magistrado de Garantías Jerónimo Mejía, dentro de la carpetilla 138-15, que guarda relación con el caso conocido como “pinchazos”.
Según el documento, el referido Edicto estará fijado por el término de 5 días, más 2 días para que quede debidamente ejecutoriada la decisión mayoritaria de 7 a 2, adoptada por el Pleno de la CSJ, que concedió la referida Acción de Amparo de Garantías Constitucionales, declinando la competencia de este proceso penal al Tribunal de Juicio, correspondiente del Sistema Penal Acusatorio del Primer Distrito Judicial de Panamá, ubicado en Plaza Ágora.
"El edicto se notifica a las partes que se admitió la intervención de Tercero presentada por el Magistrado Fiscal, Harry Díaz, dentro de la presente Acción de Amparo de Garantías Constitucionales.", señala la Corte.
Finalmente, en la decisión del Pleno se ordena filiar al detenido a órdenes de la autoridad correspondiente.
El referido Amparo tuvo como ponente al magistrado Oydén Ortega Durán, y contó con el aval de los magistrados Wilfredo Sáenz, Luis Ramón Fábrega y con los votos razonados de los magistrados Angela Russo de Cedeño, Asunción Alonso Mojica, Cecilio Cedalise Riquelme y Secundino Mendieta. Por el contrario, salvaron su voto los magistrados Abel Augusto Zamorano y Luis Mario Carrasco.
Esta causa penal, que se le sigue al hoy acusado, es por la presunta comisión de los delitos de inviolabilidad del secreto y derecho a la intimidad, peculado, abuso de autoridad, contra la seguridad informática y asociación ilícita, en perjuicio de los señores Mitchell Doens Ambrosio, Bernabé Pérez, Miguel Antonio Bernal, Balbina Herrera, Rosendo Rivera y otras víctimas.