Panamá
Uno de los sobrevivientes del 9 de enero 1964
La nueva ley deroga la ley 2 de 19 de enero de 1965 de ayuda a familiares
El proyecto de ley 737 fue aprobado reciente en el pleno de la Asamblea Nacional y tiene el objetivo de otorgar beneficios a los héroes sobrevivientes y sus dependientes, a los familiares inmediatos de los mártires de la gesta heroica de los días 9, 10, 11 y 12 de enero de 1964.
De acuerdo con el artículo 2 de la nueva ley de la República, el Estado panameño otorgará un resarcimiento económico a través de una pensión vitalicia, atención médica inmediata, becas y otros beneficios a estas personas.
El monto de dicha ‘pensión vitalicia será tal que les permita vivir con decoro y bienestar, teniendo en consideración el alto costo de la vida, canasta básica, educación, salud, vivienda, agua, luz, vestuario, transporte y demás situaciones extremas impuestas'.
El documento crea una comisión estatal que evaluará y determinará los beneficios de dicha ley y llevará los registros de estos.
La comisión estará integrada por el Ministerio de Relaciones Exteriores, quien la presidirá y coordinará, el Ministerio de Desarrollo Social, el Ministerio de Educación, el Ministerio de Salud, el Patronato del Hospital Santo Tomás, la Autoridad del Canal de Panamá y seis miembros de los beneficiarios de esta norma. Dicha comisión establecerá el monto de la pensión vitalicia.