Panamá
Batista manifestó que las empresas o los bancos, o las que quieran dedicarse a la actividad, deben registrarse en el ente regulador bancario.
Las autoridades del Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial (Miviot) continúan las reuniones para afinar un borrador que permitirá desarrollar una reglamentación de la Ley 179 de noviembre de 2020 que regula la actividad de arrendamiento financiero de bienes inmuebles, conocida como leasing inmobiliario.
El viceministro de Ordenamiento Territorial, José Batista, expuso que la norma establece que la Superintendencia de Bancos de Panamá es la que debe reglamentar la ley del leasing inmobiliario, pero hay componentes de las diferentes instituciones como temas fiscales y de exoneraciones que deben ser vistos por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), por lo que participa la Dirección General de Ingresos (DGI).
Igualmente, hay temas de comercio al ser el leasing inmobiliario el equivalente al arrendamiento de bienes muebles, por lo que se incluyó al Ministerio de Comercio e Industrias (MICI).
Batista manifestó que las empresas o los bancos, o las que quieran dedicarse a la actividad, deben registrarse en el ente regulador bancario.
La primera reunión en 2020, que obedeció a una convocatoria del ministro Rogelio Paredes, permitió conocer el estado de la reglamentación y se hizo una exposición, según la Ley, sobre cuáles instituciones podrían acogerse inmediatamente (la banca y las entidades dedicadas al fideicomiso).