Opinión
El derecho a protestar está contenido en el artículo 37 de la Constitución
El derecho a protestar está contenido en el artículo 37 de la Constitución. Toda parte del pueblo puede reunirse y manifestarse pública y pacíficamente.
La protesta más que solo un derecho, es una manifestación social de rechazo a una situación. Puede producir logros que causen avances para una sociedad. Sin embargo, cuando se ejerce de forma violenta o se reprime también con violencia, causará afectación y daños a personas y bienes particulares o públicos.
La resistencia no violenta es una táctica de protesta vinculada a la desobediencia civil, y fue el camino de personajes insignes, como su creador, Gandhi, que la denominó «satyagraha», es decir, ‘resistencia civil más ética'.
Esta forma de protesta va unida a grandes luchas y figuras, como León Tolstoi, Martin Luther King, Nelson Mandela y Desmond Tutu, entre otros, quienes produjeron grades cambios sociales sin utilizar la violencia.
El objetivo principal de este tipo de lucha es llamar la atención mediante el asombro y, para esto, se requieren creatividad y apoyo duradero y constante para producir los resultados deseados.
La situación resulta triste cuando no se atiende la protesta pacífica y se adquiere la nefasta práctica de vulnerar el derecho de otros para poder causar los cambios de forma pacífica, dejando la idea de que solo gritar más fuerte, cerrar calles, tirar piedras y causar daños personales es la vía práctica para producir cambios.
Debemos avanzar como sociedad adquiriendo las prácticas no violentas como formas válidas de protesta, y la mejor manera de que esto se cumpla es que las autoridades atiendan esta modalidad de manifestación. En la medida en que sea atendida, podremos subir un escalón como sociedad
ABOGADA, MEDIADORA, COACH