• sábado 27 de abril de 2024 - 12:00 AM

El esperpéntico y trasnochado voto razonado

Aunque la ocurrencia no se produjo ayer, los pelos y señales de la criatura eran desconocidos, pues su engendrador no había hecho la presentación pública de su vástago seudo jurídico: el ya famoso “voto razonado”, que algún medio de comunicación ha saludado con desbordado entusiasmo.

La especie, que no es de vieja data, del denominado “voto razonado”, comenzó a utilizarse en la Corte Suprema, hará unos 12 años. Antes la práctica era el “salvamento de voto”. El magistrado o magistrada que discrepaba de la mayoría dejaba constancia de su desacuerdo y, junto con su firma del fallo, que es obligatoria, respaldaba el “salvamento de voto” con la constancia escrita de las razones que lo motivaron.

El denominado “voto razonado”, (algunas veces llamado concurrente), puede o no expresar desacuerdo con la decisión de la mayoría. Según su intención, el autor, bien puede explicar: 1) que no comparte la decisión de la mayoría y manifestar sus razones, o 2) que la comparte, pero por razones distintas a las de la mayoría.

El caso del reciente voto del señor Juncá es anormal y por eso se impone comentarlo. El TE, en pleno, es decir todos los magistrados, incluyendo a Juncá, aprobaron el Acuerdo 11-1, del 4 de marzo pasado. No hubo salvamento de voto, voto concurrente ni voto razonado, o sea, que la decisión fue unánime. En tiempo hábil, fue interpuesto un recurso de reconsideración, que pretendía que se dejara sin efecto la inhabilitación del expresidente Martinelli. Para decidirlo, el TE dictó el Acuerdo 13-1, el 9 de marzo, siguiente, que rechazó el recurso de reconsideración.

Fue a esta decisión que el señor Juncá, encontró oportuno adicionarle su “voto razonado”. Él no objetó, cuando debió hacerlo, el Acuerdo 11-1, que declaró válida la candidatura del exministro José Raul Mulino, para la presidencia de la república, sino que se valió del Acuerdo 13-1, para expresar, tardía y retroactivamente, su desacuerdo con la primera decisión, que había aprobado y firmado.

La materia merece una discusión, más a fondo, de la validez jurídica del susodicho “voto razonado”; pero lo que, por ahora, queda claro es que el magistrado presidente del TE, no “razonó su voto” cuándo correspondía. Y además que, como secuela, ha sembrado más dudas que certidumbres, sobre su futura conducta y su idoneidad para presidir las etapas restantes del proceso electoral.

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