Opinión
La CIDH recuerda que la Asamblea General de la OEA reafirmó la importancia de establecer, de conformidad con la legislación nacional
El 16 de octubre la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) expresó su preocupación por la destitución del defensor del Pueblo Alfredo Castillero Hoyos, aprobada en la Asamblea Nacional el 9 de octubre de 2019.
Señala el organismo que:
‘De acuerdo con información de público conocimiento, el 8 de agosto, la Comisión de la Mujer, la Niñez, la Juventud y la Familia de la Asamblea Nacional, creó una Comisión encargada de investigar al Defensor de Panamá, por denuncias de supuesto acoso sexual y laboral en la Defensoría. La CIDH conoció que el 3 de octubre dicha Comisión aprobó por unanimidad recomendar al pleno de la Asamblea Nacional remover al defensor y declarar el cargo vacante, por supuesta negligencia y falta de solvencia moral.
‘La CIDH advierte que. de acuerdo con información publicada, varias organizaciones de la sociedad civil han señalado que el reciente nombramiento de la defensora adjunta, Maribel Coco Fernández, se habría llevado a cabo, bajo presión política y que la independencia de dicha institución se encontraría comprometida
‘La CIDH advierte que el 9 de octubre se aprobó la destitución del defensor por el Pleno de la Asamblea Nacional de. La resolución de destitución señala que el defensor del Pueblo incurrió en negligencia notoria en el cumplimiento del cargo, lo que constituye una causal de remoción. Al respecto, el defensor alegó la afectación a su derecho a la defensa ante el Pleno, al haber llegado al debate sobre su remoción sin haber tenido acceso al expediente.
La CIDH recuerda que la Asamblea General de la OEA reafirmó la importancia de establecer, de conformidad con la legislación nacional, instituciones nacionales eficaces de promoción y protección de los derechos humanos, así como de mantener el pluralismo de su representación y su independencia.
La CIDH recuerda también que conforme a los Principios de París, los Estados deben asegurar la independencia y autonomía de las defensorías del pueblo... Al respecto, las circunstancias que pueden dar lugar a la remoción del cargo de una institución de derechos humanos deben estar detalladamente especificadas y limitadas a errores graves o incapacidad manifiesta, debiendo el órgano encargado de decidir la sustitución, actuar independientemente del poder Ejecutivo. ‘Las afectaciones a la independencia de las Defensorías del Pueblo pueden resultar en consecuencias negativas para la promoción y defensa de los derechos humanos así como para el fortalecimiento de la democracia', señaló la Comisionada Flávia Piovesan, relatora para Panamá…
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