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Opinión

Las aberraciones del Tribunal Electoral

Las aberraciones del Tribunal Electoral

miércoles 20 de febrero de 2019 - 12:00 a.m.
Mariano E. Mena
desiree1150@hotmail.com

Permitir que una persona se convierta en candidato, violentando el mandato legal, sin haber permanecido un año antes de las elecciones 

En varios de mis artículos he sido un defensor implacable del tribunal electoral por el buen manejo y desempeño que han tenido desde el derrumbe de la dictadura hasta ésta parte, sin embargo no salgo del asombro frente a tres hechos de vital relevancia política y que definirán el futuro de los resultados electorales en ambos casos permitiendo que los corruptos a partir del engaño, la manipulación y el dinero vuelvan a ocupar cargos públicos de elección popular a saber.

Permitir que una persona se convierta en candidato, violentando el mandato legal, sin haber permanecido un año antes de las elecciones generales, permitir que personas que no gozan del derecho de ciudadanía, puesto que juraron otra nacionalidad y no les ha sido devuelto la misma, de acuerdo a nuestras normas legales sean candidatos y la cereza del pastel decir que un llamado a la concienciación ciudadana es una campaña.

Como es posible que el propio tribunal electoral permita que el innombrable sea candidato a Diputado y Alcalde por partidos políticos, cuando el artículo 290 numeral 4 del código electoral prohíbe taxativamente esta aberración, de oficio lo debieron haber detenido toda vez que ese señor vivió los últimos 3 años en Miami y lo regresaron por la relinga al país el 10 de mayo y las elecciones son el 05 de mayo, es decir que si la bola no es cuadrada el año tiene 365 días y el solo cumpliría 360 es decir no tiene el año de residir en Panamá y para eso no se necesita ser Baldor , peor aún para candidato a Diputado esos 360 días ha permanecido en el distrito de Colón y no en San Francisco.

Igual aplica para la candidatura a alcalde del distrito de Panamá, si hace casi un año reside en una cárcel en el distrito de Colón, tampoco se necesita anteojos para ver lo que está en letras grandes y en negrita.

Suerte parecida corre el candidato a Presidente del partido Cambio Democrático quien juró nacionalidad norteamericana y al parecer no existe Gaceta oficial donde se le restituya la misma contraviniendo lo establecido en el artículo 9 numeral 2 del mismo código.

Y para colmo la cereza del pastel, el 221 del Código electoral prohíbe la campaña política; es decir mete en veda electoral a los partidos políticos y candidatos, sin embargo remueven unas vallas publicitarias que llaman a la concienciación ciudadana denominada #pela el ojo, promovida por MOVIN porque dicen es un tercero.

Mire la aberración jurídica, un tercero soy yo ciudadano y cualquier otra persona natural o jurídica que no podrá publicitar nada ni a favor ni en contra de ningún candidato hasta tanto finalice el torneo electoral; y donde quedan mis derechos ciudadanos de libre expresión si no puedo ni ahora ni cuando termine la veda?

Ex secretario general de CGTP



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