Publicidad

Economía

Acodeco reporta más de $28 mil en multas por historial de crédito 

Acodeco reporta más de $28 mil en multas por historial de crédito 
Cortesía

lunes 22 de marzo de 2021 - 9:46 a.m.

Hasta la fecha, los comercios con más multas en primera instancia, por incumplimiento del historial de crédito, son 8 bancos 

La Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (Acodeco), informó que este año ha aplicado 21 multas por $28,500.00 por el incumplimiento de la Ley 24 del 2002 (historial del crédito).

Hasta la fecha, los comercios con más multas en primera instancia, por incumplimiento del historial de crédito, son 8 bancos con $10 mil;  tres financieras por $4,000.00 y dos  mueblerías por $3,000.00, entre otras actividades.

La institución detalla que la no rectificación del historial de crédito de los clientes, es el principal motivo de estas multas (8 por $10 mil). Esta denuncia se presenta cuando los consumidores no están conformes con el dato que refleja el comportamiento de sus pagos.  

Otra de la causa, con 5 sanciones por $6,500, fue no eliminar por prescripción (el dato reportado debe ser eliminado, tomando en cuenta que no se ha realizado pago, alguno a la obligación desde hace 7 años del último pago realizado).  

Otras de las multas son tres ($4mil) por no eliminar observación de cuenta contra reserva, o sea el consumidor mantiene una obligación en cartera castigada y está realizando los pagos correspondientes. 

Cabe destacar que la nueva Ley 195 del 31 de diciembre de 2020, que modifica la Ley 24 de 2002 que regula el servicio de información sobre el historial de crédito, comienza a regir el 1° de abril de 2021 y el beneficio alcanza de manera retroactiva a toda la población panameña, es decir, no solo a quienes soliciten un préstamo desde esa fecha.

Entre las modificaciones, de la nueva ley se establece que las referencias de crédito prescribirán a los 5 años, contados a partir del último pago realizado por el cliente o consumidor y, de no haberlo, de la fecha en que debió realizarse el primer pago de la obligación; la obligación del agente económico de reportar arreglos de pago que hayan sido acordados con sus clientes; y las cancelaciones de deudas deberán reportarse en un plazo máximo de tres días hábiles, contados a partir de la fecha en que el consumidor o cliente realizó el pago, entre otros cambios.

 

También leer: Empresarios insisten en el peligro que corre el suministro de energía eléctrica

 



Te recomendamos ver

comments powered by Disqus
Publicidad
Últimos Videos
Publicidad

Lotería

domingo 10 de marzo de 2024

  • 4585 1er Premio
  • BACB Letras
  • 7 Serie
  • 13 Folio
  • 0555 2do Premio
  • 7784 3er Premio
Publicidad
Change privacy settings